domingo, 25 de septiembre de 2011

REAL DECRETO 1204/1999 (Homologaciones)

6.3 Para los vehículos no procedentes de los países de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, conjuntamente con la solicitud de inspección, se aportará documentación del Ministerio competente en la regulación del comercio exterior, acreditativa del cumplimiento de las condiciones reglamentarias.
6.4 Asimismo, se aportará la ficha reducida según modelos que figuran en los anexos, extendida por el fabricante o su representante oficial,por la Administración nacional competente en materia de homologación de vehículos, por un laboratorio oficial de homologación de vehículos reconocido por la autoridad competentes en materia de homologación en un país del Espacio Económico Europeo, o por técnico competente con el visado del colegio oficial correspondiente,o el certificado de conformidad europeo.

Texto integro del Real Decreto:

http://www.boe.es/boe/dias/1999/07/2...7248-27251.pdf

1 comentario :

  1. y las big dog y el resto de motos americanas (y valkries... y mas motos q aquí no se venden) que se han importado, pero no son Harley... también son irregulares?

    Alguien sabe q dicen los pavos de Intruder de todo esto (porq vender motos les tiene q estar costando mas q antes)

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