."Participa"

Puedes participar en el blog enviándonos por correo imágenes de la transformación de tu moto o de otras relacionadas con el custom,tutoriales,artículos,historias,concentraciones,vehículos Hot Rod,chicas Pin-Up,Tattoo, y todo aquello que pueda ser de interés general para los usuarios del blog.
Nuestro correo:
toni.excalibur@gmail.com
El enlace al antiguo blog lo tenéis en los Tag del margen derecho,solo debeis de pinchar sobre la imagen.
Gracias por tu colaboración
RECUERDA: Pincha sobre las imágenes para su ampliación.

viernes, 15 de noviembre de 2013

Consejos de circulación en rotondas/glorietas

Las rotondas o glorietas son un buen instrumento para aligerar la circulación masiva del trafico, aunque también es cierto que se producen muchos accidentes debido fundamentalmente a la confusión que se crea en las mismas, producida fundamentalmente por la “falta de información” de cómo
se debe de circular por las mismas.

A tener en cuenta:
Artículo 21, apartado 2.c de la Ley de Seguridad Vial:
En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquellas.
Articulo 17 de la Ley de Seguridad Vial:
Cuando en la vía existan refugios, isletas o dispositivos de guía, se circulará por la parte de la calzada que quede a la derecha de los mismos, en el sentido de la marcha, salvo cuando estén situados en una vía de sentido único o dentro de la parte correspondiente a un solo sentido de circulación, en cuyo caso podrá hacerse por cualquiera de los dos lados.
(Es decir, debemos de circular en sentido contrario a las agujas del reloj, aun cuando nuestro destino estuviese más próximo si lo hiciésemos en sentido contrario)
Articulo 14, apartado 1.d de la Ley de Seguridad Vial:
Cuando se circule por calzadas de poblados con al menos dos carriles reservados para el mismo sentido, delimitados por marcas longitudinales, podrá utilizar el que mejor convenga a su destino, pero no deberá
abandonarlo más que para prepararse a cambiar de dirección, adelantar, parar o estacionar.
Articulo 28 apartado 2 de la Ley de Seguridad Vial:
Toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril, deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar.

Estos 4 artículos de la ley de Seguridad Vial son por lo tanto la base para aprender a circular por rotondas/glorietas y resumido en 3 puntos:
1º.- Tienen preferencia de circulación los que circulen por la rotonda
2º.- Debemos de circular en sentido contrario a las agujas del reloj, dejando la parte central de la rotonda a nuestra izquierda.
3.- Podemos utilizar cualquiera de los carriles de la rotonda (El que mejor nos convenga a nuestro destino) :
Para no entorpecer el tráfico si queremos girar a la derecha o seguir de frente lo haremos utilizando el carril de la derecha.
Si el giro es hacia la izquierda utilizaremos los carriles interiores, los cuales iremos abandonando a medida de que nos acerquemos a la salida, para abandonar la vía por el carril de la derecha.
Cabe recordar también que debemos de señalizar los cambios de carril dentro de la rotonda, según el artículo 109 del Reglamento General de Circulación.
Pero sobre todo recuerda que en el intenso trafico urbano cualquier desplazamiento lateral de un vehiculo puede ser un peligro si no estas atento. Circular en moto lleva implícito un sentido mas, el de la prudencia.
Os dejo un croquis de cómo hacerlo

No hay comentarios :

Publicar un comentario

Gracias por participar