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viernes, 9 de marzo de 2012

Sentido del Auto de 7 de marzo de 2012 del Juzgado de Instrucción número Tres de Getafe

Para entender lo que ha dispuesto el Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Getafe, al dictar el Auto de fecha 7 de marzo de 2012, en las Diligencias Previas nº 2366/2011, es conveniente tener presente lo que dice y lo que no dice a la vista de que tenía en su mesa el Informe de la Fiscal de fecha 22 de febrero de 2012, que entre otros extremos explicitaba:

“No obstante, a fin de no causar mayores perjuicios a los titulares de los vehículos objeto del presente procedimiento, SE INTERESA se oficie a las autoridades administrativas competentes para que informen sobre el procedimiento que han de seguir aquéllos para obtener, en el plazo más breve posible, la documentación legal necesaria y ajustada a la normativa administrativa española que les habilite para la puesta en circulación de sus respectivos vehículos, no siendo el presente Juzgado competente para la expedición de los títulos habilitantes que se le solicitan, no habiéndose adoptado por el mismo ninguna medida cautelar respecto de los vehículos, quedando a disposición de sus legítimos propietarios.

Cosa distinta es que dichos vehículos posean. o no la documentación administrativa requerida para su puesta en circulación, rigiéndose ello por la normativa administrativa española, siendo en todo caso competencia de las autoridades de dicho ámbito la expedición de la documentación pertinente que habilite su puesta en circulación”.
Fuente:http://abogadodelautomovil.es

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