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lunes, 18 de marzo de 2013

MANUAL DE REFORMAS EN VEHÍCULOS(MODIFICACIONES DE LOS DATOS QUE AFECTEN EN LA TARJETA ITV)

Otros

 11.0.- Cambio de alguno de los datos de la tarjeta ITV, cuando no lleva asociada otra transformación
  •  Informe de conformidad
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Los vehículos serán conformes con el Reglamento General de Vehículos.
No se considerará reforma cuando se trate de un error en la tarjeta ITV del vehículo, el fabricante emitirá un documento detallando el error y el dato correcto, anotándose mediante diligencia.

 11.1.- Cambio de clasificación
  •   Informe de conformidad
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Homologado en las categorías para las que se pide el cambio de clasificación y/o que la nueva clasificación se derive de una reforma de las amparadas en los grupos anteriores
No se considerará reforma la modificación en el dato de la clasificación por cambio en el servicio al que se destina el vehículo si no lleva aparejada una reforma de las amparadas en los grupos anteriores. En estos casos, se realizará exclusivamente la inspección previa al cambio de destino establecida en el 6.6 del Real Decreto 2042/1994, de 4 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos.
Los vehículos se clasifican conforme al Anexo II del Reglamento General de Vehículos. Si la nueva clasificación conlleva el cambio de tipo o categoría de vehículo, se tratará como tal.

 11.3.- Variación de cualquiera de las masas técnicas máximas admisibles del vehículo
  •   Proyecto Técnico y certificación final de obra
  • Informe de conformidad
  • Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta reforma se aplicará a las modificaciones de las masas técnicas máximas admisibles: ejes, total o de conjunto
La MMR para poder modificarla ha de estar definida la TITV



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