Las restricciones de tráfico por contaminación se amplían a todo Madrid y a motos
ESCENARIO 1: PRIMER DÍA DE ACTIVACIÓN Y UN DÍA DE SUPERACIÓN CON NIVEL PRE-AVISO
Recomendación de transporte público.
Límite de velocidad a 70 km/h en la M-30 y en todos los accesos a Madrid dentro sólo de la circunvalación M-40.
ESCENARIO 2: DOS DÍAS CONSECUTIVOS CON SUPERACIÓN DE NIVEL DE PRE-AVISO O UN DÍA CON SUPERACIÓN DE NIVEL DE AVISO
Se mantienen todas las medidas anteriores
Prohibido circular a vehículos, incluidas ya motos y ciclomotores, sin etiqueta ambiental de la DGT en la almendra central de Madrid y en la M-30.
Prohibido estacionar en aparcamientos de zona SER. Únicamente pueden aparcar los vehículos Cero Emisiones y, como novedad, los de etiqueta ECO.
ESCENARIO 3: TRES DÍAS CONSECUTIVOS CON SUPERACIÓN DE NIVEL DE PRE-AVISO O DOS DÍAS CONSECUTIVOS CON SUPERACIÓN DE NIVEL DE AVISO
Se mantienen todas las medidas anteriores
Prohibido circular a vehículos sin etiqueta de la DGT, incluidas motos, en toda la ciudad de Madrid.
Recomendación de no circular a taxis que no estén en servicio, excepto vehículos CERO y ECO.
ESCENARIO 4: CUATRO DÍAS CONSECUTIVOS CON SUPERACIÓN DEL NIVEL DE AVISO
Prohibido estacionar en plazas del SER, salvo vehículos ECO y CERO.
Prohibido circular a todos los vehículos sin etiqueta de la DGT, incluidas motos por toda la ciudad de Madrid. En la M-30 y su interior, las restricciones se extienden a los vehículos con etiqueta B.
Prohibido circular a los taxis libre, excepto los que tengan etiqueta CERO y ECO.
ESCENARIO 5: UN DÍA DE NIVEL DE ALERTA (ES NUEVO Y HASTA AHORA NUNCA SE HA DADO)
Todas las medidas anteriores
Prohibido en toda la ciudad la circulación a vehículos sin distintivo de la DGT, y a las etiquetas B y C.
Sólo podrán estacionar en el SER los vehículos CERO.
LAS EXCEPCIONES AL PROTOCOLO
El nuevo protocolo anti-contaminación también contempla una serie de excepciones que quedarán exentas de las restricciones. Son las siguientes:
Para el aparcamiento: vehículos de residentes; de personas con movilidad reducida; autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación CERO, ECO y C, y los B como moratoria hasta el 31 de diciembre de 2020; vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad; autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor en servicio y con el conductor presente.
Para la circulación: transporte público colectivo; servicios de emergencias; vehículos profesionales cuya hora de inicio o fin de jornada esté fuera del horario de cobertura del transporte público y previa autorización; vehículos de limpieza y gestión de arbolado urbano; vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o menor a 3.500 kg hasta diciembre de 2019, y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022); y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, vehículos adaptados para la retransmisión de radio o televisión, o vehículos blindados.
Fuente: https://www.autopista.es/
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