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martes, 18 de mayo de 2010

Carnets de moto.Repaso al reglamento.


¿Que me permite conducir cada modelo de carné?...

El Reglamento General de Conductores y publicado en el B.O.E. con fecha 8 de Junio de 2009 dice:

Permiso de motos A1:

El permiso de conducción de la clase A1 autoriza para conducir motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW. La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos.

Si tienes 16 o 17 años sólo puedes llevar moto con el A1, y esa moto será como mucho de 125cm³ de cilindrada, de algo menos de 15CV de potencia y tendrá una relación entre su potencia y su masa en vacío de 0,1kW/Kg. Lo agradecerás cuando pases a cilindradas mayores ya que contaras con experiencia.
En cuanto a los vehículos de tres ruedas (ahora, ejem, “triciclos”), se fija un límite en los 15kW, y por encima de esa potencia sólo se podrán conducir con el permiso A.


Permiso de motos A2


El permiso de conducción de la clase A2 autoriza para conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima para obtenerlo será de 18 años cumplidos.

La traducción seria,al cumplir 18 años podemos optar a conducir motos de cualquier cilindrada con una potencia máxima de 48CV (aprox) y una relación potencia/peso del doble que lo que permite llevar el A1.Y que si se trata de una moto limitada, esa moto sin limitar no puede tener una potencia superior a 96CV (aprox).
Ojo al dato por que pongo CV aproximados y es que la ley se expresa en KW y eso es lo que va a misa.Para saber los CV miramos los KW y lo multiplicamos x 1.365.
Ejemplo: Una Sportster 883 del 2006 tienen en ficha técnica 40 KW.Esta cifra la multiplicamos por 1.365 y nos dara 54.60 que son los CV de nuestra Sportster.

Permiso de motos A

El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de 20 años cumplidos pero hasta los 21 años no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

Traducido a lenguaje de la calle: Conduces lo que te salga de los web a partir de los 20 tacos o 21 si se trata de un triciclo de mas de 15KW.

Para finalizar: El permiso A permite conducir los vehículos del permiso A2, el permiso A2 permite conducir los vehículos del permiso A1 y el permiso A1 permite conducir los vehículos del permiso AM (de ciclomotores).

Resumen:



Nota del administrador:

Ahora solo hace falta que estas medidas se lleven a efecto con los coches y no se permita a ningún "Niñato" por el echo de tener una cuenta saneada(La suya o la de Papa)de circular con carros de 300 cv y con el carne sacado antes de ayer.

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