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lunes, 25 de febrero de 2013

MANUAL DE REFORMAS EN VEHÍCULOS(CARROCERÍA)

Reformas que afecten al acondicionamiento interior de los vehículos
ACONDICIONAMIENTO INTERIOR

Número de plazas o tipo de las mismas
8.1 Reducción de plazas de asiento 
  •  Informe de conformidad
  • Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Se considerará reforma la anulación de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación permanente así como los asientos de cinturón de seguridad en su caso.
No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta el asiento del pasajero

8.2 Aumento de plazas de asiento
  •  Proyecto Técnico y certificación final de obra
  • Informe de conformidad
  • Certificado del Taller
  • Documentación adicional
Para el caso de los Quads se exigirá un informe de seguridad del Servicio Técnico de homologación.
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Los vehículos deberán incorporar reposapiés o plataforma de apoyo para la correcta sujeción del pasajero.
El aumento de plazas debe ser adecuadas a su función, desestimándose la que no corresponda a una correcta “posición” de la plaza aumentada así como la no interferencia con el conductor, éste debe mantener su posición inicial, sin ninguna limitación a la hora del accionamiento de los mandos, actuadores necesarios para la conducción del vehículo.


Asientos, cinturones y sus anclajes

8.10 Sustitución de asiento por otro distinto
  •  Proyecto Técnico y certificación final de obra
  • Informe de conformidad
  • Certificado del Taller
INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta reforma aplicará solo a los asientos, entendiendo a aquellos que incorporan respaldo y el usuario no va sentado ahorcajadas, por tanto, la modificación del sillín y/o instalación de respaldo en vehículos de categoría L1e, L3e y Quads no seconsiderará reforma si no afecta al número de plazas, asidero ni dimensiones máximas del vehículo, en cuyo caso se tramitaran por la/s reforma/s correspondiente/s.No se exigirá proyecto técnico si no se modifican/varían los puntos de anclaje del asiento y de los cinturones.


8.51.- Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo
  •  Proyecto Técnico y certificación final de obra
  •  Informe de conformidad
  • Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
En los vehículos de 2 ó 3 ruedas se entenderá por carrocería, el carenado, parabrisas, la cúpula o cualquier elemento que rodee y proteja a los ocupantes o al vehículo. No obstante, las cúpulas cuya instalación no supere el valor máximo de la altura recogida en la homologación de tipo del vehículo o que se puedan desmontar, sin necesidad de ninguna herramienta, no se considerarán reforma.
Cuando la apertura de ventanillas o techos solares no afecten a la estructura, esta reforma se tramitará sin necesidad de aportar el proyecto técnico, ni certificado de ejecución de obra.

8.52.- Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo
 • Proyecto Técnico y certificación final de obra
• Informe de conformidad
• Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Esta reforma se aplica a la sustitución o incorporación de elementos tales como: espejos exteriores, soporte exterior de rueda de repuesto, cabrestante, alerones, estribos, peldaños laterales, taloneras, sustitución o modificación de los parachoques, soportes de rótulos o carteles publicitarios en el exterior del vehículo, pasos de rueda ensanchados, soportes para la instalación de sistemas de alumbrado específico y en general cualquier elemento superpuesto sobre el vehículo homologado original.
Se incluirán en esta reforma la incorporación de elementos fijos que sobresalgan de la anchura máxima del vehículo.
No tendrá consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante (ej.: maletas, baúles, alforjas de cuero, bolsas sobre depósito, porta equipajes…). Los soportes base de estos elementos no tendrán consideración de reforma siempre y cuando una vez instalados en la motocicleta no sobresalgan de la anchura máxima del vehículo.
Así mismo, no tendrá consideración de reforma la instalación de altavoces, paramanos, puños calefactables, soportes GPS, pequeños interruptores/dispositivos para el sistema de alarma o similar, topes anticaidas y protectores de motor, quillas, deflectores de aire. Los elementos decorativos y molduras que no sobresalgan del ancho del vehículo tampoco serán considerados reformas.

8.90.- Acoplamiento o desinstalación de un sidecar a una motocicleta
 • Proyecto Técnico y certificación final de obra
• Informe de conformidad
• Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
Se considera motocicleta con sidecar aquella que dispone de 3 ruedas asimétricas.
El acoplamiento de un sidecar a una motocicleta, implica siempre cambio de categoría a L4e.
La incorporación del sidecar no deberá alterar las condiciones del bastidor original

8.91.- Modificación o incorporación de mandos, testigos e indicadores
 •Informe de conformidad
 •Certificado del Taller

8.92.- Modificación o incorporación de un asidero
 •Informe de conformidad
•Certificado del Taller

8.93.- Sustitución de un velocímetro
 •Informe de conformidad
•Certificado del Taller

8.94.- Modificación, sustitución o incorporación de dispositivo antirrobo
 •Informe de conformidad
•Certificado del Taller
 INFORMACIÓN ADICIONAL
La adición de un antirrobo, no se considerará reforma, cuando éste no anule o sustituya el dispositivo original del vehículo.

8.95.- Modificación, adición o desinstalación de un caballete
 •Informe de conformidad
•Certificado del Taller

8.96.- Sustitución o incorporación de avisador acústico
 •Informe de conformidad
•Certificado del Taller


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